
Un nuevo reglamento para productos sin gluten

El 20 de julio entró en vigor la obligatoriedad del nuevo reglamento europeo de etiquetado de productos sin gluten que permite etiquetar con distintas expresiones productos sin gluten aptos para celiacos y otros no aptos. En las redes sociales, los celiacos reclaman un reglamento más claro que no lleve al error a la hora de hacer la compra del único tratamiento existente hasta el momento para la celiaquía.
El reglamento europeo es obligatorio desde el 20 de julio de 2016, y establece dos tipos de expresiones diferentes para el etiquetado de productos sin gluten. Y es que por un lado tendremos productos etiquetados con la expresión literal “sin gluten”, que serán aquellos que contienen menos de 20 ppm (partículas de gluten por millón), y que es la expresión que actualmente se utiliza para etiquetar los productos aptos para celiacos. Pero el reglamento también permitirá etiquetar con la expresión literal “muy bajo en gluten” los productos que no superen las 100 ppm de gluten, una cantidad mucho más elevada de la que la ley española permitía hasta ahora para etiquetar sin gluten, nos explican desde la web especializada en celiaquía, Celicidad.
Ésto se debe a que el reglamento entiende que hay personas con diferentes grados de sensibilidad y que pueden tolerar más cantidad de gluten que otras. Algo que no es cierto. La celiaquía se tiene o no se tiene y la más mínima cantidad de gluten daña el intestino del celiaco. En la celiaquía NO hay grados. Pero sí es cierto que las personas con sensibilidad al gluten no celiaca pueden tolerar una cantidad mayor o menor del mismo, por lo que en este caso sí se podría hablar de grados, pero nunca cuando hay una celiaquía por medio.
De hecho, el punto 8 del reglamento habla de los distintos grados de sensibilidad al gluten, explicando así el por qué de las distintas expresiones del reglamento europeo a la hora de etiquetar los productos sin gluten.
Afortunadamente señalan desde la Federación de Asociaciones de Celiacos de España (FACE), “son pocos los productores que etiquetan con la expresión “bajo contenido en gluten”. Pero el principal problema, explican desde FACE, “es que el etiquetado permite la introducción de otras alegaciones como fabricado específicamente para personas celiacas, y los celiacos, especialmente los recién diagnosticados van a pensar que ese producto es inocuo, pero el nuevo reglamento permite esa alegación para productos que van desde las 20 ppm de gluten hasta las 100 ppm de gluten, con lo cual sí sería dañino”.